Las obligaciones de MANDALA ASSISTANCE, expresadas en el presente Contrato de asistencia en viaje, sólo regirán para accidentes y/o enfermedades repentinas y agudas contraídas con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia del Certificado de Asistencia, siempre y cuando los síntomas derivados de éstas impidan la normal continuidad del viaje, asegurando los servicios a nivel mundial excepto en el país de residencia.
Es obligación del TITULAR elegir el producto MANDALA ASSISTANCE de su preferencia, así como leer y aceptar los términos y condiciones aplicables al mismo expresadas en las presentes Condiciones Generales de los servicios.
Al momento de adquirir el Certificado de Asistencia MANDALA ASSISTANCE, EL TITULAR O BENEFICIARIO está aceptando las condiciones generales de los servicios. (Leer atentamente dichas condiciones las cuales se encuentran publicadas en la página web https://www.mandalaassistance.com Cuando el certificado de asistencia sea adquirido mediante operador turístico, agencias de viajes, entre otros será obligación de la misma hacer entrega del presente contrato a su cliente final. MANDALA ASSISTANCE, se exonera de realizar algún pago o aplicar los beneficios, si el mismo manifiesta no haber sido notificado.
El presente contrato tiene vigencia exclusivamente, estableciendo la zona horaria de acuerdo al país donde se encuentre EL BENEFICIARIO al momento de requerir el servicio de asistencia y durante el tiempo de vigencia establecida en el Certificado de Asistencia adquirido.
Para solicitar servicios de asistencia EL TITULAR O BENEFICIARIO deberá contactar a la Central de asistencia de MANDALA ASSISTANCE, mediante los canales de comunicación establecidos en el Anexo 1 de las presentes condiciones generales, o a los números referenciados en su Certificado de Asistencia, indicando su nombre, número de certificado impreso en su certificado de asistencia, vigencia, el lugar en que se encuentra y el motivo de la solicitud de asistencia. A partir de la primera asistencia o servicio prestado, EL BENEFICIARIO deberá siempre comunicarse con la Central de asistencia de MANDALA ASSISTANCE para obtener la autorización de nuevas asistencias o servicios complementarios, aunque estos hayan sido originados por la misma causa que el primer evento y aún en el caso de haber sido autorizado para tomar prestaciones por reembolso.
El TITULAR O BENEFICIARIO podrá solicitar a la compañía con quién adquirió el Certificado de Asistencia una re-emisión de un nuevo Certificado de Asistencia en viaje.
La nueva vigencia del Certificado de Asistencia será inmediatamente consecutiva a la fecha de finalización del anterior certificado de Asistencia y máximo hasta el periodo contratado, este no podrá ser utilizado bajo ningún concepto o circunstancia para, iniciar o continuar tratamientos y/o asistencias de afecciones médicas presentados o surgidas durante la vigencia del Certificado de Asistencia anterior, aun cuando estos estén siendo indicados o tratados por la Central de Asistencia o el equipo médico de MANDALA ASSISTANCE.
El nuevo Certificado de Asistencia contará con un período de carencia de cinco (5) días calendarios contados a partir de la fecha de emisión de Certificado de Asistencia.
Durante el tiempo de carencia solo se atenderán síntomas o afecciones derivadas de accidentes hasta la estabilización de los síntomas hasta el tope máximo de los servicios.
VIAJERO FRECUENTE: Cuando el Certificado de Asistencia sea contratado en modalidad de viajero frecuente, se establecerá un período de días consecutivos y se tomará como base la fecha de salida y retorno del país de residencia permanente y habitual del TITULAR O BENEFICIARIO, para esto la Central de Asistencia de MANDALA ASSISTANCE deberá solicitar al TITULAR BENEFICIARIO, el pasaporte donde se evidencien las fechas de salida y retorno o el documento migratorio equivalente.
Nota: Para aquellos países que permiten el ingreso con solo documento de identidad, EL TITULAR O EL BENEFICIARIO, deberá comunicarse mínimo 24 horas de antelación al inicio del certificado de asistencia con la Central de asistencia de MANDALA ASSISTANCE y notificar las fechas del período consecutivo.
PLANES Y SERVICIOS: Todos los servicios de MANDALA ASSISTANCE estarán sujetos a los montos máximos establecidos en el certificado de asistencia, los beneficios adicionales que no se encuentren especificado en el certificado de asistencia no serán tomados por MANDALA ASSISTANCE para prestaciónde los servicios.
FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA: la finalización de la vigencia del certificado de asistencia conllevará automáticamente el cese de todos los servicios detallados en el contrato de servicios y en el Certificado de asistencia, incluyendo aquellas asistencias iniciadas y en curso. Los servicios de la Central de Asistencia dejaran de tener Validez a partir que el BENEFICIARIO, interrumpa de forma imprevista su viaje por cualquiera que sea la razón y regrese a su país de residencia habitual. Por lo cual, EL BENEFICIARIO perderá el derecho de solicitar reintegro por el tiempo no utilizado.
Para poder utilizar de una manera correcta nuestra asistencia, es importante la verificación de la siguiente información:
1.1 Que los datos de su certificado se encuentren correctos, tales como el email y teléfonos indicados como contacto en caso de emergencia, así también los nombres del TITULAR y los beneficiarios, las fechas de nacimiento, las fechas de vigencia y el producto adquirido. Si hay errores en los datos, comuníquese mediante correo electrónico con la compañía con la que contrato el servicio notificando las novedades encontradas.
1.2 El titular deberá leer atentamente las Instrucciones y Condiciones Generales de los Servicios de MANDALA ASSISTANCE y verificar que el Certificado de asistencia, términos y condiciones indiquen las características del producto MANDALA ASSISTANCE elegido y adquirido por él. En caso de cualquier dudaal respecto comuníquese de inmediato con MANDALA ASSISTANCE.
2.1 En el Certificado de Asistencia se encuentra la lista de teléfonos de las centrales de asistencia de MANDALA ASSISTANCE.
2.2 Antes de llamar a la central de Asistencia de MANDALA ASSISTANCE, EL TITULAR o EL BENEFICIARIO debe tener a la mano la siguiente información:
2.3 Si la comunicación con la central de asistencia de MANDALA ASSISTANCE se hace imposible por dificultades o desperfectos en las líneas telefónicas, EL TITULAR o BENEFICIARIO podrá llamar a la Central de asistencia del país más cercano al país de destino o, hacer contacto por WhatsApp, Skype, llamada gratuita por página web, chat, o correo electrónico. Para tales efectos, EL TITULAR o EL BENEFICIARIO deberá consultar la página https://www.mandalaassistance.com
3.1 LAS PARTES SUSCRITAS
Entre los suscritos, MANDALA ASSISTANCE como operador de asistencia internacional en adelante y para efectos del contrato se denomina MANDALA ASSISTANCE y el señor(a), identificado con el número de documento, con país de residencia, quien de ahora en adelante se denominará como TITULAR o BENEFICIARIO, quienes concurren de forma libre y voluntaria a la celebración del presente contrato al conocer las siguientes cláusulas.
Nota: Para los casos de personas menores de edad o con alguna discapacidad, los padres o tutores actuaran como representantes de ellos.
3.2. OBJETO
MANDALA ASSISTANCE se obliga con EL BENEFICIARIO a prestar los servicios de asistencia a los que se refieren las presentes condiciones. Al BENEFICIARIO le corresponde el derecho de acceder a los servicios descritos en el mismo, en los términos expresados en este contrato.
Se deja expresa constancia y así lo acepta el TITULAR del Certificado de asistencia, que los servicios de MANDALA ASSISTANCE no constituyen un seguro médico, ni una extensión o sustituto de programas de seguridad social, ni de medicina prepagada, ni de aseguradoras de riesgos laborales. Los servicios y prestaciones de MANDALA ASSISTANCE están exclusivamente orientados a la asistencia en viaje de eventos súbitos e imprevisibles que impidan la normal continuación del mismo.
MANDALA ASSISTANCE asegura la prestación de los servicios de asistencia en el destino declarado por el beneficiario a nivel mundial, cuando el evento ocurra en un país diferente al destino declarado (no país de residencia), MANDALA ASSISTANCE, extenderá beneficios hasta el tope máximo del establecido en certificado de asistencia o la estabilización de síntomas lo que primero ocurra.
El objeto de estos servicios es proporcionar a la asistencia de emergencia en las situaciones imprevistas surgidas como consecuencia de accidente o de enfermedad NO PREEXISTENTE, desde la fecha de inicio de vigencia de los servicios que son materia del presente contrato. La aplicación de dichas prestaciones, en los términos y condiciones contractual mente definidos, tienen como fin facilitar el retorno del BENEFICIARIO a su lugar de residencia permanente o habitual, para recibir en él y con cargo a su cobertura médica habitual, pública o privada, o a su propio costo el tratamiento apropiado a su condición de salud.
En ese sentido, para hacer uso de estas prerrogativas, el usuario acepta expresamente que la asistencia brindada es una obligación de medio y no de resultado, por lo que MANDALA ASSISTANCE queda exonerada de toda y cualquier responsabilidad derivada de una eventual impericia, negligencia o mala práctica de todos los profesionales, establecimientos y personas que presten sus servicios según corresponda en el requerido caso.
3.3. CAMBIOS
EL BENEFICIARIO tiene derecho a realizar como máximo 1 (tres) modificaciones a su certificado de asistencia tales como: cambio de fechas por los mismos días adquiridos originalmente, irregularidades en nombre del beneficiario, fecha de nacimiento, documento de identificación, contacto en caso de emergencia, números telefónicos, email y otros datos personales que apliquen. Debido a que el certificado de asistencia es personal e intransferible, no es causal de sustitución de un beneficiario por otro.
Cuando el BENEFICIARIO excede el número de cambios permitidos MANDALA ASSISTANCE cubre el valor de 10 USD/Euros de acuerdo al plan contratado por concepto de gastos administrativos.
El BENEFICIARIO se obligará a solicitar con anticipación de mínimo 2 (dos) días hábiles al inicio de la vigencia de su certificado (fecha de salida), cualquier cambio de servicios prestados por MANDALA ASSISTANCE. El cálculo de los días hábiles está sujeto a las determinaciones del país de origen del TITULAR o BENEFICIARIO.
En ningún caso se aceptarán cancelaciones o modificaciones una vez inicie la fecha de vigencia del Certificado de asistencia MANDALA ASSISTANCE, de acuerdo a los términos expresados en el certificado de asistencia.
MANDALA ASSISTANCE está en plena potestad de no prestar el servicio, cuando el certificado de asistencia no registre el pago respectivo con 24 (veinticuatro) horas de antelación a la fecha de vigencia (fecha de salida) indicada en el documento. Las anulaciones se encuentran sujetas a las políticas establecidas en el numeral 6. Condiciones para reembolsos y reintegros.
4. DEFINICIONES
Para todos los fines interpretativos, se deja constancia que en el presente contrato se entiende por:
4.1 Accidente: Se entiende por accidente todo daño corporal derivado de la acción súbita de una causa externa y ajena a la intencionalidad del BENEFICIARIO, causado por un agente extraño, fuera de su control, externo, violento y visible, así como que la lesión o dolencia resultante sea provocado directamente por tal agente en forma independiente de cualquier otra causa.
4.2 Amateur: Se define como la práctica de una actividad deportiva aficionada que se práctica de manera no profesional, por placer y sin recibir dinero a cambio, dentro de este ítem igualmente se excluyen las prácticas en locaciones especializadas o bajo la dirección de profesionales.
4.3 Beneficiario y/o Titular: Es la persona que ha contratado servicios de asistencia prestados por MANDALA ASSISTANCE, en los términos, condiciones y limitaciones establecidos en las condiciones generales y particulares que regulan la presente relación jurídica. En esa virtud, tiene un título o documento que lo identifica y acredita su derecho a recibir la asistencia contratada, cumpliendo con las obligaciones que según el caso le corresponden.
4.4 Cancelación de Viaje: Imposibilidad definitiva de iniciar la realización del viaje programado.
4.5 Central de Asistencia: Departamento que coordina la prestación de los servicios adquiridos y/o requeridos por el BENEFICIARIO, derivado de los servicios contratados con MANDALA ASSISTANCE.
4.6 Centro Asistencial: Se refiere al edificio, locación, institución o lugar en donde el BENEFICIARIO recibirá atención asistencial sanitaria; esta podría ser ambulatoria u hospitalaria.
4.7 Certificado de Asistencia: Es el documento que certifica y describe los servicios contratados con MANDALA ASSISTANCE. Este certificado contiene los datos personales del BENEFICIARIO, el número de compra y el plan contratado, país de origen y destino, fechas de inicio y/o salida, fecha de terminación y/o retorno del viaje, así como los servicios, especificaciones y topes de la misma.
4.8 Circunstancias Excepcionales: Todas aquellas situaciones extraordinarias de presentación infrecuente, las cuales serán descritas más adelante en este mismo documento.
4.9 Cobertura: Son los servicios contratados por EL BENEFICIARIO a MANDALA ASSISTANCE, loscuales se encuentran detallados en el Certificado de Asistencia.
4.10 Congénito: Patología presente o existente desde antes del momento de nacer.
4.11 Convalecencia: Tiempo en que la persona recobra o recupera gradualmente el vigor y la salud después de haber padecido una enfermedad o de haberse sometido a un tratamiento médico. Para objeto de este contrato este período no superará los 5 días.
4.12 Copago: Corresponde a la suma de dinero que estarán a cargo del BENEFICIARIO, cuantas veces requiera el servicio.
4.13 Dolencia y/o Afección: Los términos «dolencia» y/o «afección» se entenderán como sinónimos de «síntomas de un padecimiento» a todos los efectos en las presentes condiciones generales.
4.14 Emergencia Médica: Cualquier enfermedad o lesión que plantea una amenaza inmediata para la vida del BENEFICIARIO y cuya asistencia médica no puede ser demorada.
4.15 Enfermedad Crónica: Toda afección o dolencia continua y persistente en el tiempo, mayor de 30
días de duración, cuyo tratamiento o curación no puede preverse fácilmente.
4.16 Enfermedad Aguda: Proceso corto y relativamente severo de alteración del estado del cuerpo o alguno de sus órganos que pudiera interrumpir o alterar el equilibrio de las funciones vitales, pudiendo provocar dolor, debilidad u otra manifestación extraña al comportamiento normal del mismo. No incluye preexistencias y/o servicios no incluidos declarados en las presentes condiciones generales.
4.17 Enfermedad preexistente o preexistencial: Es la contraída o padecida por El BENEFICIARIO con anterioridad a la fecha de inicio del viaje, se tenga o no conocimiento de ella. Condición preexistente significa cualquier condición, enfermedad, síntoma o lesión, aun cuando se manifieste por primera vez o sufra un agravamiento o evolución durante el viaje, o que ha sido tratada o diagnosticada con anterioridad a la fecha del inicio de la vigencia de los servicios, materia del presente contrato. Así como también, que sea factible de ser diagnosticado a través de métodos complementarios de uso habitual, cotidiano, accesible y con frecuente (incluyendo, pero no limitado a: Doppler, Biopsia, Resonancia Nuclear Magnética, Cateterismo, CT Scan, entre otros).
4.18 Enfermedad Repentina o Imprevista: Enfermedad pronta, impensada, no prevista, contraída con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia del Certificado de Asistencia o a la fecha de salida del viaje, la que sea posterior.
4.19 Enfermedades endémicas, pandémica y epidémica: Las enfermedades citadas anteriormente son aquellas enfermedades infecciosas que afectan de forma permanente, o en determinados períodos a una región. Se entiende por endémica una enfermedad que persiste durante un tiempo determinado en un lugar concreto y que afecta o puede afectar a un número importante de personas, entre ellas (Gripe, Carbunco, Cisticercosis, Cólera, Chagas, Dengue, Zika, Chikungunya, Varicela, Fiebre Amarilla, Gripe Aviar, Hanta Virus, Lepra, Leishmaniasis, Malaria, Ébola, Rabia, Salmonella, Fiebre Tifoidea, Tuberculosis, Gripe AH1N1, HIV, fiebre del valle del Rift, virus del Nilo Occidental entre otras).
4.20 Enfermedad Recurrente: Regreso de la misma enfermedad luego de haber sido tratada. Para objeto de este contrato, es la enfermedad que regresa 3 o más veces durante el periodo de vigencia del Certificado de Asistencia contratado.
4.21 Equipo profesional médico: Es el equipo de profesionales de la salud que integra la red de proveedores con la que cuenta MANDALA ASSISTANCE, para la prestación de los servicios médicos apropiados y profesionales.
4.22 Examen Complementario: Hace referencia a todo examen practicado para el diagnóstico de enfermedades y no enfocado al manejo de síntomas.
4.23 Fecha de salida: Es el día declarado por EL BENEFICIARIO en el que MANDALA ASSISTANCE, empezará a prestar los servicios de asistencia, siempre y cuando dicho BENEFICIARIO se encuentre fuera del país de residencia permanente o habitual.
4.24 Fecha de retorno: Es el día de vencimiento del período de vigencia del certificado declarado por EL BENEFICIARIO en el que MANDALA ASSISTANCE finaliza la prestación del servicio adquirido.
4.25 Gastos de Hotel: Corresponden a gastos por hospedaje simple que no incluyen gastos de restaurante, lavandería, llamadas telefónicas que no hayan sido a la Central de Asistencia, transportes, acceso a Internet, o cualquier otro servicio. El hotel seleccionado para el hospedaje deberá atender las características de beneficio usual, razonable y habitual hasta el máximo establecido en el Certificado de Asistencia.
4.26 Interrupción del Viaje: Cuando el BENEFICIARIO haya iniciado el viaje y se encuentre disfrutando del mismo, pero por causas ajenas a su voluntad se vea forzado a suspenderlo, siempre y cuando dicha causa o causas correspondan a las circunstancias expresadas y relacionadas en las presentes condiciones generales.
4.27 Monto Máximo Global: La suma de gastos que MANDALA ASSISTANCE abonará y/o reembolsará al Titular por todo concepto y por todos los servicios brindados en virtud de las presentes Condiciones Generales.
4.28 País de residencia permanente o habitual: Es el lugar donde el BENEFICIARIO declara su residencia y ejerce su actividad económica habitual.
4.29 Período de Carencia: Es el tiempo que debe transcurrir entre la activación del certificado de asistencia y la posibilidad de solicitar los servicios contratados en el plan adquirido, cuando el TITULAR y/o BENEFICIARIO realiza la compra del Certificado de Asistencia cuando ya ha comenzado el viaje y/o ya se encuentra en el país de destino. Para efectos de las presentes condiciones generales, este tiempo comprende 5 (cinco) días calendario
4.30 Período de vigencia: Es el tiempo comprendido entre la fecha de salida y la fecha de retorno declarada por el BENEFICIARIO durante el cual tiene derecho de recibir los servicios del plan de asistencia contratado.
4.31 Procedimiento Electivo: Procedimiento médico que no reviste el carácter de emergencia y por tanto es programable y panificable para una fecha posterior, sin impedir por ello la normal continuación del viaje.
4.32 Reembolso: Es el reintegro de los gastos en los que haya incurrido el BENEFICIARIO durante su permanencia en el exterior, hasta por los montos máximos establecidos en el certificado de asistencia, las condiciones que regulan el presente Contrato y que hayan sido autorizados por MANDALA ASSISTANCE.
4.33 Referencia médica: Es la asignación del centro asistencial o Profesional médico por parte de MANDALA ASSISTANCE para brindar la asistencia al BENEFICIARIO. En los casos en que se determine que el padecimiento notificado por el BENEFICIARIO se encuentre exento de los servicios, la Central de Asistencia referenciará hospitales, clínicas y centros médicos cercanos a la ubicación de EL BENEFICIARIO, bajo la premisa que los gastos médicos derivados de dicha atención deberán ser asumidos por parte del mismo BENEFICIARIO
4.34 Reintegro: Es la devolución de dinero derivada de la solicitud de anulación del certificado de asistencia MANDALA ASSISTANCE.
4.35 Transporte público autorizado: Transporte aéreo operado por una línea aérea regular y con licencia válida para el transporte colectivo y remunerado de pasajeros. Transporte marítimo o terrestre licenciado para el transporte colectivo y remunerado de pasajeros.
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